17 de julio de 2013

Criminología. III

CRIMINOLOGÍA

Estigmatizar. Proceso mediante le cual se impone una marca de carácter negativo a una persona que sirve para identificarla frente a los demás. Es una desaprobación social severa. También se conoce como estigma social. 

Diferencias entre criminalística y criminología.  
1) La criminología es una ciencia causal explicativa, le interesa buscar motivos; la criminalística es una ciencia penal-forense que hace la investigación material del cómo, cuándo, dónde, qué, por qué, con qué, sobre quién se cometió un delito ("w" de oro del derecho).

2) La criminología tiene como objeto el delito, el delincuente y la delincuencia, es decir, crimen, criminal y criminalidad; la criminalística tiene como objeto la búsqueda, aseguramiento, colectación, estudio y verificación científica de la evidencia material que genera un hecho delictivo.

3) La criminología busca establecer las causas sociales, biológicas y psicológicas del delito, es decir, los factores endógenos y exógenos del individuo; a la criminalística le interesa el estudio material del delito, el estudio técnico.

4) La criminología pretende establecer preventivos criminales; la criminalística pretende individualizar al autor del hecho, a la víctima, al sitio del suceso, a la escena del crimen, a los medios de comisión y los demás detalles técnicos que ayuden para resolver el suceso. 

Leyes térmicas. Adolphe Quetelet formula las Leyes Térmicas, que son la interdependencia entre los factores térmicos y climáticos, y las diversas clases de criminalidad: 

1.- En verano hay más delitos contra las personas: la gente en esta estación suele salir con más frecuencia, existe una relación con sus congéneres. En los países nórdicos el día dura casi 23 horas, las playas y piscinas están casi siempre llenas. 

2.- En invierno hay más delitos contra la propiedad: esto se debe a que las noches son más largas, además existe gran pasión por la navidad, por las compras, etc. 

3.- En primavera hay más delitos de tipo sexual: esta sería la época de apareamiento, quizá el influjo del tiempo eleve las pasiones.

Decisión

DERECHO PROCESAL PENAL

Del juicio oral. Normas generales. Decisión sobre la suspensión. El tribunal decidirá la suspensión y anunciará el día y hora en que continuará el debate; ello valdrá como citación para todas las partes. Antes de continuarlo, el juez resumirá brevemente los actos cumplidos con anterioridad.

Los jueces y fiscales del Ministerio Público podrán intervenir en otros debates durante el plazo de suspensión, salvo que el tribunal decida por resolución fundada lo contrario, en razón de la complejidad del caso.

El juez ordenará los aplazamientos diarios con indicación de la hora en que se continuará el respectivo debate.

Rebaja

DERECHO PENAL

De la fuga de detenidos y del quebrantamiento de condenas. Rebaja. Cuando el fugado se constituya espontáneamente prisionero, la pena se rebajará a una quinta parte.

De la fuga de detenidos y del quebrantamiento de condenas. Cooperación con la captura. Al funcionario que, siendo culpable de los hechos señalados en el segundo aparte de "Ayuda de funcionarios públicos", haya logrado, dentro de tres meses a la fuga, la captura de los evadidos, o su presentación a la autoridad: se le reducirá la pena a un quinto.