4 de abril de 2016

04-04-2016 Criminalística (12)

PROCEDIMIENTOS TÉCNICOS PRELIMINARES

Se refieren a la criminalística de campo, es decir, el conjunto de diligencias que realiza el funcionario criminalístico en el tetraedro y en los lugares relacionados con el hecho.

Están conformados por un conjunto de técnicos que componen un protocolo de investigación, es decir, un orden.

Nota.- El tratamiento irregular del sitio del suceso o del tetraedro puede generar responsabilidades.

ART. 30 CICPC.- “El tratamiento irregular del sitio del suceso y las evidencias, así como el desarrollo de actividades que involucren técnicas de investigación criminal, por parte de órganos de seguridad ciudadanos distintos al CICPC, será considerada como modificación del lugar y generará las responsabilidades y sanciones a que hubiere lugar de conformidad con la ley.

ART. 28 CICPC.- “La recepción, por parte de un funcionario dependiente de un órgano de seguridad ciudadana, de la noticia sobre la comisión de un hecho punible, ocasionará el traslado sin demoras de una comisión de dicho órgano hacía el lugar donde ocurrieron los hechos. Una vez en el sitio realizaran las acciones necesarias para la protección de la escena y las evidencias, así como para garantizar la identificación de las personas que pudieran brindar información, que contribuya con la investigación hasta tanto se hagan presentes los funcionarios del CICPC, quienes asumirán la investigación criminal.

Nota.- Los procedimientos técnicos preliminares comienzan con la conformación y traslado de la comisión de investigación al sitio del suceso.

04-04-2016 Criminalística (11)

CRIMINALÍSTICA DE RELACIÓN RECÍPROCA

Conjunto de técnicas y procedimientos de investigación criminalística que pretende establecer la relación, el vínculo, el nexo que existe entre las diferentes evidencias colectadas en el tetraedro. Esa relación se establece en el laboratorio.        

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CRIMINALÍSTICA COMPARADA

Es un área de la criminalística bien importante.

La criminalística comparada presupone la existencia de archivos criminales, de una base de datos criminalísticos en los organismos de investigación que nos permitan comparar.

Es un conjunto de técnicas y procedimientos que cotejan las evidencias materiales colectadas en el sitio del suceso con la data de unos organismos para establecer semejanzas y diferencias.

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MÉTODOS DE LA CRIMINALÍSTICA

La criminalística en 1er lugar aplica el método general que aplica toda ciencia: el método experimental; y también aplica métodos específicos de la disciplina.

El método general de toda ciencia, vale decir el método experimental, se divide en varios pasos:

1) Se inicia con el proceso de observación técnica, el ser humano observa los objetos, los fenómenos. La observación criminalística aplica todos los sentidos excepto el del gusto. Es una observación rigurosa, exhaustiva.

2) El 2do paso que tenemos del método experimental es que el observador se plantea un problema criminal; y del planteamiento acertado de ese problema surge el 3er paso.

3) El 3er paso es la hipótesis, donde se plantean las posibles causas que produjo ese fenómeno, ese hecho. Esas hipótesis son teorías.

4) Luego corresponde aplicar el 4to paso que es la verificación científica, la comprobación.

5) Y el último paso es referido a la síntesis: se produce una síntesis que es una conclusión.

Ahora bien, tenemos 3 métodos específicos que son los siguientes:

1) Método de Orientación.- Es un conjunto de técnicas, diligencias científicas que se constituye en una guía que encamina la investigación criminalística hacía un solo sentido. Este método no individualiza, no cumple la función que se persigue de individualiza el objeto.

2) Método Probabilístico.- Es un conjunto de técnicas y procedimientos científicos que genera alternativas. Este método al aplicarse nos da alternativas, da opciones, reduce el margen de dudas; pero aún así tampoco individualiza, tampoco nos da certeza.

3) Método de Certeza.- Es un conjunto de diligencias-técnicas científicas que individualiza el objeto de la investigación, genera certeza en el resultado.

Nota.- Hay algo común en los 3 métodos anteriores: son un conjunto de técnicas y procedimientos científicos.

Nota.- Según el profesor los 3 métodos anteriores no son métodos, sino resultados.

Nota.- De tanto repetir es que una hipótesis puede llegar a ser ley.

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CRIMINALÍSTICA

LA INVESTIGACIÓN CRIMINAL O PENAL.- Según el artículo 8 de la Ley del CICPC tenemos que se entenderá como investigación penal el conjunto de diligencias orientadas al descubrimiento y comprobación científica del delito, sus características, la identificación de sus autores o partícipes, así como el aseguramiento de sus objetos activos y pasivos.

Ahora bien, la investigación es un método, y éste último es un conjunto de procedimientos técnicos que demandan racionalidad, conexidad, nexo, etc.; es un conjunto de procedimientos racionales.

La investigación criminal o penal es un conjunto de técnicas, métodos racionales; es una investigación dirigida específicamente al área penal, criminal.

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DIFERENCIA ENTRE LA CRIMINOLOGÍA Y LA CRIMINALÍSTICA

1) La criminología es una ciencia causal explicativa, le interesa buscar motivos. La criminalística es una ciencia penal-forense que hace la investigación material del cómo, cuándo, dónde, con qué, sobre quien se cometió un delito.

2) La criminología tiene como objeto el delito, el delincuente y la delincuencia; es decir, crimen, criminal y criminalidad. La criminalística tiene como objeto la búsqueda, aseguramiento, colectación, estudio y verificación científica de la evidencia material que genera un hecho criminal o delictivo.

3) La criminología busca establecer las causas sociales, biológicas y psicológicas del delito; es decir, los factores endógenos y exógenos del individuo. A la criminalística le interesa el estudio material del delito.

4) La criminología pretende establecer preventivos criminales. Y la criminalística pretende individualizar al autor del hecho, a la víctima, al sitio del suceso y a los medios de comisión. Individualizar significa identificar plenamente a un sospechoso con el hecho que se establezca, establecer cual fue el arma con que se cometió el hecho, etc.

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DIFERENCIA ENTRE EL DERECHO PENAL Y LA CRIMINALÍSTICA

El derecho penal estudia el delito desde el punto de vista dogmático; no estudia el delito desde el punto de vista subjetivo.

La criminalística estudia el delito desde su génesis: estudia las causas, los mecanismos preventivos y humaniza al derecho penal. Estudia al delito desde el punto de vista material ya que le interesa el resultado material del mismo.

Nota.- Se dice que la criminalística es una ciencia del detalle porque analiza los detalles materiales.

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EL OBJETO DE LA CRIMINALÍSTICA

Es la búsqueda, aseguramiento, colectación, estudio y verificación científica de la evidencia material que genera un hecho criminal o delictivo.

Nota.- A la evidencia material se le denomina testigo mudo.

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RAMAS EN QUE SE DIVIDE LA CRIMINALÍSTICA

La criminalística se divide en 3 ramas:

1) Investigación general de personas vivas y muertas.
2) Criminalística de campo.
3) Laboratorio de pericia.

A través de esas 3 actividades se desarrolla la criminalística. Esas 3 fases ayudan a identificar el objeto.

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DEFINICIÓN DE CRIMINALÍSTICA.-  
En sentido muy amplio, criminalística será el conjunto de procedimientos aplicables a la búsqueda y el estudio material del crimen para llegar a su prueba.

Nota.- Toda área del conocimiento humano para ser considerada conocimiento científico debe tener objeto y método propio. No importa que sea compartida con otra disciplina.

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ANTECEDENTES HISTÓRICOS

La criminalística surgió como ciencia y seguirá avanzando en el tiempo y conocimiento humano como ciencia.

IMPORTANCIA MODERNA DE LA CRIMINALÍSTICA

1) Desde que apareció ésta ciencia aporto conocimientos científicos al esclarecimiento de los delitos.

2) Al aportar conocimientos científicos a la investigación criminal, elimina la subjetividad y la íntima convicción del juez.

3) Elimina el empirismo.

Nota.- La criminalística pertenece a las ciencias penales.

Nota.- Toda área del conocimiento humano se rige por principios; la ciencia que estudia los principios se llama nomoarquica.

Nota.- Un principio es una base.

Nota.- La criminalística busca solamente resultados materiales.

Nota.- La reconstrucción es una de las funciones básicas de la criminalística.

04-04-2016 Criminalística

CRIMINALÍSTICA

Definir y Concepto no es lo mismo: Definir es algo preciso, indica características precisas de las cosas; el Concepto es algo mucho más amplio: conceptualizar es generalizar los conocimientos que se pueda pedir sobre algo.

CONCEPTO DE CRIMINALÍSTICA.- La criminalística es una ciencia autónoma con método y objeto propio, es una ciencia del detalle y área del conocimiento científico. La criminalística es un área científica, penal y forense que le interesa el resultado material de los delitos. Inicia su proceso de acción en el estudio de un resultado material; y para realizar su estudio aplica los siguientes principios:

1) Principio de Uso.- De acuerdo al principio de uso en todo hecho criminal van a estar presentes agentes químicos, físicos, mecánicos y biológicos.

2) Principio de Producción.- Según este principio todo hecho criminal genera evidencia material. El autor del hecho a través del uso de agentes físicos, químicos, mecánicos y biológicos genera la evidencia material.

3) Principio de Correspondencia.- Según el principio de correspondencia la forma del vestigio producido por un agente mecánico nos permite reconstruir las características del agente empleado. El análisis de la forma de la evidencia permite reconstruir el agente mecánico empleado.

4) Principio de Reconstrucción.- Según este principio el análisis adecuado y oportuno de las evidencias físicas encontradas en el tetraedro criminalístico, va a permitir reconstruir el establecimiento del desarrollo del hecho.

* Tetraedro.- Está formado por la víctima, el autor, el sitio del suceso y los medios de comisión.

5) Principio de Intercambio de Evidencia Material.- Es la que va a permitir la relación del vínculo o conexión física entre la víctima, el autor, el sitio del suceso y el medio de comisión; es decir, permite el traslado de evidencia material de un componente a otro.

04-04-2016 Psicológica


Unidad Psiquiátrica y Psicológica de Atención Inmediata al Consumidor de Drogas

Funciones

·  Practicar las experticias solicitadas en el área Bio-psicosocial por parte de los Fiscales del Ministerio Público que instruyen la investigación.

·  Emitir opinión mediante informes técnicos integrales para determinar la viabilidad de la aplicación del procedimiento por consumo que prevé la Ley Orgánica de Drogas.

·  Asesorar a las Salas de Flagrancia y Fiscalías del Ministerio Público que así lo requieran, en el marco de las investigaciones penales relacionadas con los consumidores de drogas.

·  Asistir a las audiencias de Juicio Oral, en calidad de expertos, promovidos por los Fiscales del Ministerio Público.

·  Participar como consultores técnicos, a solicitud de los Fiscales del Ministerio Público, en las investigaciones que éstos adelantan.

04-04-2016 Criminología (14)

EL DELINCUENTE

EL DELINCUENTE.- Es el trasgresor de la norma.

CARACTERÍSTICAS DEL DELINCUENTE

El delincuente en la actualidad no posee características específicas o especiales, sino lo que posee es habilidad, astucia y sagacidad.

FACTORES QUE INCIDEN EN EL INCREMENTO ACTUAL DE LA DELINCUENCIA

Aquí encontramos tanto el factor económico, social, la política criminal que debe ser aplicada por el Estado y los problemas políticos.

CRIMINOGÉNESIS. INFLUENCIAS DEL FACTOR HEREDITARIO EN EL DELITO

TARAS HEREDITARIAS.- Es la carga negativa que traen las personas de sus respectivos padres; entiéndase como defectos psicológicos o anomalías que los padres le transmiten a sus hijos a través de sus genes.

Dichas taras hereditarias pueden manifestarse en la 3era generación ya que están en los genes de manera recesiva (se manifiestan a futuro).

04-04-2016 Criminología (13)

LA CRIMINALIDAD

CRIMINALIDAD.- Es la cantidad de delitos cometidos en un lugar y espacio geográfico determinado.

P.D. En un lugar hay más índice de criminalidad que otro porque encontramos más pérdida de valores, mayor concentración de pobreza, etc. Pero en sí, donde radica el problema de la criminalidad es en la familia, el Estado y la sociedad; ésta última es el factor ponderante dentro de la criminalidad; con relación al Estado, él es quien tiene la política criminal, y si él no implementa satisfactoriamente esa política criminal, encontramos entonces más índices de criminalidad.

FACTORES QUE INFLUYEN EN LAS VARIACIONES DE LA CRIMINALIDAD

La criminalidad se aumenta por factores tanto geográficos, políticos, religiosos, económicos, social, etc.

04-04-2016 Criminología (12)

GABRIEL TARDE

Enfoca el problema criminológico desde una perspectiva sociológica.

Para Gabriel Tarde existen 2 procesos psicológicos: la invención y la imitación.

Para comprender su enfoque de la criminalidad, él expone lo siguiente: un hombre imita a otro de acuerdo a los contactos que tenga con ese otro. El crimen como todo comportamiento humano y social, puede ser objeto de una moda.

04-04-2016 Criminología (11)

QUERRY

Él se fue desde el punto de vista de las estadísticas.

Según Querry, esas estadísticas dentro de la criminología sirven para buscar ver cuanto ha subido la delincuencia, y así establecer un programa para bajar el índice delictivo.

“El medio social es el caldo de cultivo de la criminalidad” Lacassagne = La sociedad es cómplice y hace que subsista el criminal; en consecuencia, la sociedad tiene a los delincuentes que se merece.

04-04-2016 Criminología (10)

EDWIN SUTHERLAND

Aquí se nos habla de la teoría de la anomia o ausencia de normas.

Sutherland logró realizar un estudio donde decía que había que determinar ciertas conductas que se realizaban en un espacio geográfico determinado las cuales se usaban para llamar la atención de una sociedad; es decir, se cometían los hechos delictivos para tratar que el Estado entendiera que se tenía que regular una conducta la cual había escapado de la realidad.

Para Sutherland era necesario regular conductas que anteriormente eran permitidas, pero que luego se determina que son contrarias a la sociedad; y en consecuencia, hay que sancionar dichas conductas y encuadrarlas dentro del principio de la legalidad.

P.D. Surgieron delitos de cuello blanco que no se sancionaban, donde las personas prácticamente gozaban de una patente.

04-04-2016 Criminología (9)

ESCUELAS CRIMINOLÓGICAS

ADOLFO QUETELET

Él intento construir 1ero el estudio social de la delincuencia sobre las bases estadísticas. Posteriormente fundó la Escuela Cartográfica con Guerry de Champneuf y afirmaron que el delito tenía sus raíces en el entorno físico y social.

Ahora bien, luego tenemos que nos habla de la Ley Térmica de la Delincuencia donde se nos dice que las personas aprovechan ciertas estaciones del año para cometer los tipos delictivos:

1) Los crímenes contras las personas predominan en las regiones del sur de Francia, durante las estaciones calientes.

2) Los crímenes contra la propiedad predominan en las regiones del norte de Francia, en las estaciones frías.

04-04-2016 Criminología (8)

TEORÍA DE DARWIN

Lo más importante aquí es tomar en consideración la evolución humana, puesto que él postula en su teoría que el hombre desciende de simios o monos. Esa es la teoría de la evolución de Darwin, la cual se logra consolidar y es seguido por Lamarck.

CESARE BECCARIA

Cesare Beccaria fue el inventor del principio de la legalidad.

Para él, las personas tenían que ser sancionadas de acuerdo al hecho delictivo que cometieran.

04-04-2016 Criminología (7)

EL CONTRATO SOCIAL

Es una obra expuesta por Juan Jacobo Rousseau, manifestando que la teoría de que la vida social se basa en un contrato, donde cada uno de los contratantes renuncia a su voluntad para que la voluntad general pueda expresarse a través del Estado, el cual debe estar bien organizado, siendo su función la de proteger y garantizar la libertad y los derechos humanos, colectivos e individuales.

También tenemos que se maneja la tesis de los 3 poderes: ejecutivo, legislativo y judicial, con el criterio de que cada uno sea autónomo cumpliendo así sus respectivas funciones sin injerencia alguna. Se contrapone la realidad del Estado absolutista, a un Estado democrático, puesto que del contrato social viene la democracia.

04-04-2016 Criminología (6)

LA ESCUELA CLÁSICA DE CRIMINOLOGÍA

Aquí comienza a estudiarse el derecho positivo y la criminología, donde encontramos a grandes pensadores.

Entre los principios fundamentales de dicha escuela clásica tenemos los siguientes:

1) El derecho de castigar es del Estado, que lo ejerce como tutela jurídica.

2) El derecho penal garantiza la libertad para evitar abusos en la aplicación de las penas por parte del Estado. (Etc.)

04-04-2016 Criminología (5)

HISTORIA DE LA CRIMINOLOGÍA

EL PERÍODO PRE-POSITIVISTA

En dicho período tenemos a 2 personas muy importantes desde el punto de vista de los grandes filósofos de la historia: Platón y Aristóteles.

Tenemos que Platón y Aristóteles fueron los 1eros en ocuparse del estudio del delito y del delincuente, donde Platón percibe al delito como el síntoma de una enfermedad del alma con origen de 4 pasiones, siendo éstas últimas tanto la envidia, como los celos, la ambición y el cólera; a la pena la concebía como la medicina moral.

Ahora bien, Aristóteles apreciaba al delincuente como un malhechor, como un enemigo de la sociedad al cual se tenía que castigar sin piedad alguna; decía que la miseria era lo que generaba el crimen. Pero también tenemos que Santo Tomás de Aquino estudio tanto al delito como a la delincuencia, donde obtuvo como resultado la relación existente entre la riqueza, la pobreza y el delito.

En dicha época pre-positivista nunca se logró realizar el derecho positivo, ya que era el período preparatorio para la aparición del positivismo; donde dicho período es una conjunción de ideas pre-positivistas y clásicas.

04-04-2016 Criminología (4)

RELACIÓN ENTRE LA CRIMINOLOGÍA CON OTRAS CIENCIAS

1) Con el derecho penal.- Ambas tienen el mismo objeto de estudio, que esencialmente viene a ser el delito.

2) Con la psiquiatría forense.- Aquí encontramos que se establece un nexo entre el delito y la enfermedad mental, y así resolver sobre la medida en que el sujeto es imputable o no.

3) Con la medicina legal.- La relación que existe entre la criminología y la medicina legal, es que ambas estudian el sujeto del delito.

4) Con la sociología.- Tenemos que el objeto de estudio es el hombre, a partir de allí lo que se relaciona tanto con la sociología como con la criminología, es el delito considerado en su aspecto social como fenómeno colectivo.

5) Con la biología.- La relación versa en los estudios herenciales y genéticos, especialmente cuando la criminología estudia los factores endógenos del criminal en busca de la etiología del crimen.

04-04-2016 Criminología (3)

DIFERENCIAS ENTRE LA CRIMINOLOGÍA CON OTRAS CIENCIAS

1) Con el derecho penal.- Tenemos que la diferencia que existe con el derecho penal y la criminología, es que el derecho penal determina la conducta del individuo que va a ser sancionada por una ley; y la criminología estudia las causas que llevaron al delincuente a cometer el delito, el ‘por que’ el delincuente cometió el delito.

De igual forma tenemos que la criminología busca que el delincuente no vuelva a cometer ese delito; el derecho penal no, ya que como sabemos, él encuadra y no analiza.

2) Con la psiquiatría forense.- Con relación a la diferencia entre la psiquiatría forense y la criminología, tenemos que la 1era estudia el estado psiquiátrico, mental de una persona; ya que busca saber si la persona que cometió el delito es apta o no para ir a un proceso penal; es decir, va a estudiar la capacidad y responsabilidad del sujeto respectivo ante un proceso penal. Y la criminología como sabemos, estudiará las causas que llevaron al delincuente a cometer el delito.

3) Con la medicina legal.- Tenemos que la criminología estudia lo mencionado anteriormente; y la medicina legal investiga hechos, objetos y sujetos que pudieron cometer el hecho punible; busca saber quien cometió el hecho punible, y de que manera esa persona se valió para cometerlo.

4) Con la sociología.- Viene a estudiar las conductas típicas y antijurídicas que se viven en un tiempo y espacio determinado. Estudia todos los cambios y patrones de conducta de una sociedad.

5) Con la biología.- Estudia la genética con estructura y constitución del organismo; además de las cosas positivas o negativas que hereda el ser humano.

04-04-2016 Criminología (2)

OBJETO DE ESTUDIO DE LA CRIMINOLOGÍA

El objeto de estudio es el delincuente, el delito y la delincuencia; pero en sí es el ser humano como tal, ya que quien da pie al delito es el hombre, y como el hombre comete el delito, eso trae la delincuencia.

04-04-2016 Criminología

 Derecho Penal. Delito. Delincuencia

El derecho penal establece las sanciones que se le ponen al delincuente; el delito es una conducta anti-jurídica; y la delincuencia es la suma de los delitos que se cometen en un área y espacio determinado.

La criminología estudia las causas que llevaron al delincuente a cometer el hecho punible, y busca que esa persona salga con la actividad y capacidad de introducción en la sociedad para cumplir cualquier rol.

El objetivo del derecho penal y la criminología es tratar de evitar que esa persona vuelva a cometer el hecho delictivo.

Política criminal.- Son políticas preventivas a través de las cuales se trata de bajar la criminalidad, ya que es función del Estado llevar la criminalidad al mínimo.

LA CIENCIA DE LA CRIMINOLOGÍA
           
CRIMINOLOGÍA.- Es la ciencia que estudia las causas que llevaron al delincuente a cometer el hecho punible.

04-04-2016 Procesal Penal (12)

N° de Expediente: A08-97 N° de Sentencia: 703
Tema: Acto de Imputación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Detención o Aprehensión In Fraganti
Martes, 16 de Diciembre de 2008

...en los supuestos de la detención o aprehensión in fraganti, la misma se consuma al instante en que se ejecuta el hecho punible, y es percibida por alguien, que puede bien sea actuar en la aprehensión o simplemente, formular la denuncia ante los órganos competentes o llamar a la fuerza pública para que capture al autor del hecho punible. Bajo estos supuestos, la situación procesal es distinta, por cuanto en este caso es al Ministerio Público a quien le corresponde solicitar la aplicación del procedimiento ordinario ó abreviado, y al Juez de Control verificar si los supuestos están dados y decidir cuál es el procedimiento que debe continuarse.

04-04-2016 Medicina (67)

Nota.-  
Producto de la violación pueden haber circunstancias como desviaciones sexuales o parafilia; entendiéndose a éste último como a todo placer sexual distinto al heterosexual.

Las parafilias son las siguientes:

1) Necrofilia.- Placer sexual con cadáveres.

2) Zoofilia.- Es el placer sexual con los animales.

3) Sadismo.- Se encuentra el placer sexual con un sufrimiento físico o psíquico que el sujeto activo le implementa al sujeto pasivo.

4) Masoquismo.- Para poder llegar al orgasmo se requiere el sufrimiento.

En muchas veces el sadismo va unido al masoquismo, entonces en tal caso sería el sadomasoquismo.

5) Triolismo.- Es el placer sexual que se obtiene en trío de personas o 3 personas simultáneamente.

6) Fetichismo.- Para que el sujeto pueda llegar al orgasmo tiene que tener a la vista una parte del cuerpo de la otra persona o una prenda íntima.

7) Voyeurismo.- El placer sexual se obtiene mirando a otra persona desnuda, especialmente sus genitales; o que esté realizando relaciones sexuales.

8) Lesbianismo.- Es la homosexualidad en la mujer.

9) Vampirismo.- Es el placer sexual que se obtiene chupando o bebiendo sangre.

Nota.- A parte de los 9 mencionados anteriormente, hay muchos más.

04-04-2016 Medicina (66)

IMPORTANCIA DE LA VIOLACIÓN Y  DE LA DESFLORACIÓN

En 1er lugar es de suma importancia porque se está denunciando un delito; en 2do lugar porque se sanciona a la persona de acuerdo a nuestro ordenamiento jurídico penal; y en 3er lugar se tiene que saber qué paso con esa persona objeto de la violación.

04-04-2016 Medicina (65)

SIGNOS DE DESFLORACIÓN

A) Desfloración reciente.- Tienes las siguientes características: los bordes del desgarro son sangrantes; la data que tienes es hasta de 8 días; la profundidad del desgarro por lo general llega hasta el borde adherente; los bordes del desgarro cicatrizan por separado c/u; hay restos de semen y vello público; hay signos de lucha y defensa; entre otras.

B) Desfloración antigua.- En dicha desfloración se observa lo siguiente: los signos de la violación ya están disminuidos; la data es mayor a 8 días; los bordes al cicatrizarse se retraen, quedando una separación o abertura entre los mismos; etc.

04-04-2016 Medicina (64)

TIPOS DE HIMEN

1) Himen anular.- La membrana tiene un orificio en el centro que es un orificio circular; y tiene una coloración más oscura que el resto de la membrana himeneal.

2) Himen semi-anular.- La membrana presenta un orificio donde el borde superior es de forma convexa y el inferior tiene forma cóncava, el cual ocupa la mitad superior, o los 2/3 anteriores del orificio vulvovaginal.

3) Himen en puente.- Es el que recorre 2 puntos de la membrana himeneal, atravesando así a través de un extremo al otro.

4) Ausencia de himen.- En este supuesto hay que certificar que la mujer nació sin la membrana himeneal.

5) Himen elástico o complaciente.- Es el que permite la penetración y tiene flexibilidad sin ruptura alguna.

Sólo se rompe con un proceso de parto normal.

04-04-2016 Medicina (63)

TIPOS DE VIOLACIÓN

1) Violación Propiamente Dicha.- Es cuando se viola a una persona mayor de edad.

2) Violación Presunta.- Ocurre cuando es violada una persona incapaz.

VIOLACIÓN CON DESFLORACIÓN.- Es cuando hay desgarros y se rompe de la membrana himeneal. La zona donde se producen los desgarros, es visible.

Sólo hay desfloración cuando la mujer es virgen.

04-04-2016 Medicina (62)

VIOLACIÓN.-  
Es un acto carnal violento, no querido, no deseado, en contra la voluntad de la víctima y se materializa por el uso de la violencia física o moral, cuando se penetra con el genital vía anal, oral o vaginal.

De igual forma la acción es con el uso de objetos que simulen objetos sexuales, y eso se constituye en medio de comisión para configurar el delito de violación.

Art. 374 C.P.- “Quien por medio de violencias o amenazas haya constreñido a alguna persona, de uno u otro sexo, a un acto carnal por vía vaginal, anal u oral, o introducción de objetos por alguna de las dos primeras vías, o por vía oral se le introduzca un objeto que simulen objetos sexuales, el responsable será castigado, como imputado de violación, con la pena de prisión de diez años a quince años. Si el delito de violación aquí previsto se ha cometido contra una niña, niño o adolescente, la pena será de quince años a veinte años de prisión.

La misma pena se le aplicará, aun sin haber violencias o amenazas, al individuo que tenga un acto carnal con persona de uno u otro sexo:

1. Cuando la víctima sea especialmente vulnerable, por razón de su edad o situación, y, en todo caso, cuando sea menor de trece años.

2. O que no haya cumplido dieciséis años, siempre que para la ejecución del delito, el responsable se haya prevalido de una relación de superioridad o parentesco, por ser ascendiente, descendiente o hermano, por naturaleza o adopción, o a fines con la víctima.

3. O que hallándose detenida o detenido, condenada o condenado, haya sido confiado o confiada a la custodia del culpable.

4. O que no estuviere en capacidad de resistir por causa de enfermedad física o mental; por otro motivo independiente de la voluntad del culpable o por consecuencia del empleo de medios fraudulentos o sustancias narcóticas o excitantes de que éste se haya válido.

04-04-2016 Medicina (61)

NEUROSIS.-  
La neurosis es una enfermedad pasajera que se da por una circunstancia especial. Ejemplo: la mujer que está en desequilibrio mental producto de la depresión post-parto.

Las características del enfermo neurótico son las siguientes: sabe distinguir lo bueno de lo malo; tiene elevado autoestima; sabe desenvolverse en la sociedad; sabe mantener una conversación; hay una característica específica que es, que vive en la política o vive de las estafas.

La persona neurótica tiene una responsabilidad penal atenuada, ya que en lugar de la de presidio, se aplicara la de prisión, disminuida en 2/3 y la mitad; en lugar de la prisión, se aplica la de arresto con la disminución indicada; y las otras penas divisibles se aplicaran rebajadas por mitad.

Nota.- La depresión post-parto se puede dar en un período de 0 horas de haber parido la mujer, hasta 2 meses después; es decir, se da de una manera inmediata y mediata.

04-04-2016 Medicina (60)

PSIQUIATRÍA FORENSE

La psiquiatría forense estudia todo lo relacionado con la psiquis y la conducta del individuo.

PSICOSIS.- Es una enfermedad que nace con el individuo, ya que es con base orgánica. Aquí la persona no razona, carece de discernimiento, tiene un desorden conductual y de personalidad.

La persona en tal caso será inimputable si comete un delito, porque la enfermedad nació con él, y en consecuencia, él no sabe distinguir lo bueno de lo malo.

Cuando la persona comete un hecho delictivo, el tribunal decretara la reclutación en uno de los hospitales o establecimientos para esa clase de enfermos. Si el delito no es tan grave o no hay un establecimiento apto, se entrega a la familia bajo fianza o custodia.

04-04-2016 Unidad Atención


Unidad Psiquiátrica y Psicológica de Atención Inmediata al Consumidor de Drogas

Unidad

La Unidad Psiquiátrica y Psicológica de Atención Inmediata al Consumidor de Drogas fue creada con el fin de coadyuvar en las investigaciones dirigidas por los Fiscales del Ministerio Público con competencia en materia de Drogas, mediante la realización de experticias psiquiátricas y psicológicas a consumidores de sustancias estupefacientes y psicotrópicas.

Dichas experticias, serán utilizadas como medio de prueba al momento de solicitar la aplicación del procedimiento por consumo por parte de los Fiscales del Ministerio Público.

04-04-2016 Medicina (59)

CAUSAS DE MUERTE VIOLENTA DEL NEONATO

1) Asfixias.

2) Problemas de niños con mal formaciones cardíacas.

3) Muerte por abandono del neonato.- Aquí se tiene que llevar al neonato a un lugar donde él no tenga auxilio alguno. Generalmente lo hace la parturienta porque tiene un trastorno post-parto.

04-04-2016 Medicina (58)

5) Aborto Terapéutico 433 Último Aparte.-

…No incurrirá en pena alguna el facultativo que provoque el aborto como medio indispensable para salvar la vida de la parturienta.

En el último aparte del 433 está el aborto terapéutico, donde la mujer tiene una enfermedad física, tratada y diagnosticada, y de acuerdo a esos informes médicos veraces, la sobrevivencia de la mujer dependa del aborto; en ese supuesto último se puede realizar el aborto.

04-04-2016 Medicina (57)

4) Aborto Agravado 433.-

Cuando el culpable de algunos de los delitos previstos en los artículos precedentes sea una persona que ejerza el arte de curar o cualquiera otra profesión o arte reglamentados en interés de la salud pública, si dicha persona ha indicado, facilitado o empleado medios con los cuales se ha procurado el aborto en que ha sobrevenido la muerte, las penas de la ley se aplicarán con el aumento de una sexta parte.

La condenación llevará siempre como consecuencia la Suspensión del ejercicio del arte o profesión del culpable, por tiempo igual al de la pena impuesta…

En el 1er párrafo del 433 tenemos una agravante específica, se considera como aborto agravado por dichas circunstancias que lo agravan. El médico actúa: indicando, facilitando o empleando medios con los cuales se procura el aborto y sobreviene la muerte.

Cuando pasa a ser agravado en la anterior circunstancia, también traerá una pena accesoria que es la suspensión del profesional de la medicina por un tiempo igual al de la pena impuesta.

04-04-2016 Medicina (56)

3) Aborto Sufrido 432 C.P.-

El que haya procurado el aborto de una mujer, empleando sin su consentimiento o contra la voluntad de ella, medios dirigidos a producirlo, será castigado con prisión de quince meses a tres años. Y si el aborto se efectuare, la prisión será de tres a cinco años.

Si por causa del aborto o de los medios empleados para procurarlo, sobreviniere la muerte de la mujer, la pena será de presidio de seis a doce años.

Si el culpable fuera el marido, las penas establecidas en el presente artículo se aumentarán en una sexta parte.

Aquí hay aborto sin el consentimiento de la mujer y en contra de su voluntad.

Aquí la mujer no es el sujeto activo ya que lo será cualquier persona física e imputable; la mujer se convierte en un sujeto pasivo porque ella es víctima. Entonces tenemos doble sujeto pasivo directo: el feto y la mujer, ya que ella es afectada también.

El encabezamiento del artículo nos dice que aquí el aborto admite la imperfección, pero eso también será penado; y el hecho de consumar el aborto será una agravante.

También en el aborto sufrido la utilización de los medios genera responsabilidad penal.

Y por último tenemos una agravante específica en el último aparte, puesto que el marido de la mujer se constituirá un verdugo para ella.

Nota: Los medios en el aborto procurado no se penalizan porque es la misma mujer que lo va hacer.