15 de febrero de 2013

Facultades de las partes

DERECHO PROCESAL PENAL

Facultades de las partes. A los tribunales que estén en conflicto, las partes pueden presentarles: escritos, documentos y datos que consideren conducentes para apoyar las diferentes posiciones en cuanto a la competencia. El ejercicio de tal derecho no paralizará el curso de la incidencia.

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