24 de abril de 2013

Pornografía

DERECHO PENAL

Pornografía. Quien como, parte integrante de un grupo de delincuencia organizada, explote la industria o comercio de la pornografía para reproducir lo obsceno o impúdico a fin de divulgarlo al público en general, será penado con prisión de 10 a 15 años.

Si la pornografía fue realizada con menores de edad, o para ellos, la pena será de 25 a 30 años de prisión.