2 de octubre de 2013

Abogado

DERECHO PROCESAL PENAL - MATERIA ADJETIVA

Código Orgánico Procesal Penal venezolano - 389, 390

Del procedimiento de extradición

Abogado. Los gobiernos extranjeros podrán designar un abogado para que los represente en el proceso de extradición.

Procedimiento. Sólo cuando conste la documentación que soporte la solicitud formal de extradición del país requirente, el Tribunal Supremo de Justicia convocará a una audiencia oral dentro de los treinta (30) días siguientes a la notificación del solicitado. A esta audiencia concurrirán el representante del Ministerio Público, el requerido, su defensor y el representante del Gobierno requirente, quienes expondrán sus alegatos.

Concluida la audiencia, el Tribunal Supremo de Justicia decidirá en un plazo de quince (15) días.