10 de mayo de 2014

Medicina Legal XVI

MEDICINA LEGAL - 6TA. EDICIÓN

JOSE FELIX MARTIN CORONA


LOS GRANDES SÍNDROMES PSIQUIÁTRICOS

1. Psicosis. Es un trastorno psíquico en el cual la capacidad mental de una persona, la capacidad para reconocer la realidad, su respuesta afectiva, la capacidad de comunicarse y relacionarse con los demás, se encuentran suficientemente alteradas como para que repercutan con su capacidad para afrontar las dificultades y avatares cotidianos de la vida.

Primordialmente se encuentra que hay ausencia del juicio de la realidad.

2. Neurosis. Es un trastorno psíquico sin base orgánica demostrable, que se caracteriza por una gran ansiedad, que se puede manifestar directamente o ser desplazada, convertida o somatizada.

Las características de la persona neurótica, son las siguientes: a) Tiene una introspección considerable; b) La apreciación de la realidad no se encuentra alterada; c) El comportamiento se encuentra dentro de los límites aceptables; d) Tiene una personalidad organizada.

3. Trastornos de la personalidad. Es un trastorno mental caracterizado por pautas deficientes de la adaptación de la vida. Las características, son: a) Hay patrones de conducta inadaptados profundamente arraigados; b) Se conserva la capacidad de reconocer la realidad; c) Existe una gran incapacidad para la vida social; d) Existe disfuncionalismo ocupacional; e) Hay ausencia de ansiedad o crítica.

4. Desviaciones y trastornos sexuales. Es la inclinación, o comportamiento, sexual anormal. Los límites y las características normales de la inclinación y del comportamiento sexual no han sido establecidos de manera absoluta en las diferentes sociedades y culturas, pero, en sentido amplio, son de naturaleza tal que sirven para propósitos sociales y biológicos aprobados.

5. Retraso mental u Oligofrenia. Es el estado en el cual el desarrollo de la mente es incompleto o se detiene, lo que se caracteriza especialmente por sub-anormalidad de la inteligencia. La evaluación del nivel intelectual deberá hacerse a base de cualquier información disponible, incluso la conducta adaptativa, la evidencia clínica y los hallazgos psicométricos. Los niveles del conciente de inteligencia (C.I.) se basan en una prueba como las escalas de Wechsler, que tienen una media de 100 y una desviación estándar de 15.

Bibliografía: Medicina Legal, 2008; 6ta. Edición; JOSE FELIX MARTIN CORONA; Ediciones LIBRERIA DESTINO; PP. 271, 272, 273, 274.  

Hábeas Corpus - Habeas

HÁBEAS CORPUS - HABEAS
De conformidad con el artículo 38 de la Ley Orgánica de amparo sobre derechos y garantías constitucionales, tenemos que procede la acción de amparo para proteger la libertad y seguridad personal.

El hábeas corpus es una institución jurídica que garantiza la libertad personal del individuo, con el fin de evitar los arrestos y detenciones arbitrarias. Se basa en la obligación de presentar a todo detenido en un plazo perentorio ante el Juez, que podría ordenar la libertad inmediata del detenido si no encontrara motivo suficiente de arresto. Tutela derechos fundamentales derivados de la vida y la libertad frente a cualquier acto y omisión de cualquier autoridad, funcionario o persona que pueda vulnerar dichos derechos.

HÁBEAS CORPUS puede traducirse en: "tendrás tu cuerpo libre", "cuerpo presente" o "persona presente".

Bibliografía: Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Comentada, concordada y jurisprudenciada. Segunda edición. Gianni Piva. Librería ALVARONORA. Caracas, 2013. P. 158.

Criminalística v

MODALIDAD DEL SITIO DEL SUCESO II

Sitio de Traslado.- Es aquel donde se traslada la evidencia física de  un sitio a otro con el propósito de dificultar la investigación, buscando así la impunidad del caso en cuestión; por ejemplo, en los secuestros donde la víctima es cambiada en varios sitios y el paso entre ellos se denomina sitio de traslado.

Nota.- Las evidencias que están en el sitio del suceso se llaman AUTÓCTONAS, las cuales pueden ser orgánicas o inorgánicas.

Nota.- Cuando hay un Sitio de Liberación, esto significa la posibilidad de que el delito fue planificado, por lo tanto, se trata de un caso que debe ser manejado con mayor rigurosidad.

Drogas

DETECCIÓN DE DROGAS EN EL ORGANISMO

Alcohol: 12 horas.

Marihuana, llamada científicamente Cannabis Sativa: 3 a 10 días.

Heroína: 4 días.

Cocaína: 48 horas.

Codeína: 7 días.

Benzodiazepinas: 7 a 10 días.

Metadona: 10 días.

Anfetaminas: 4 días.

Nota.- DROGA es el término más adecuado para referirse a sustancias que se usan sin fines terapéuticos.

Nota.- A la luz de la Ley Orgánica de Drogas el consumidor no es un delincuente, es un enfermo social.

Medicina Legal XV

MEDICINA LEGAL - 6TA. EDICIÓN

JOSE FELIX MARTIN CORONA


EMBALSAMIENTO
Es el procedimiento mediante el cual, utilizando medios físicos, químicos y quirúrgicos, se consigue la conservación del cadáver.

De la anterior definición se desprende que es indispensable conocer las regiones anatómicas, incluyendo el sistema arterial y venoso; en segundo lugar se requiere el conocimiento de las sustancias químicas; y por último, la técnica del embalsamiento.

El embalsamiento está indicado en dos casos fundamentales: 
1. Cuando se va a trasladar el cadáver al extranjero para repatriarlo; y

2. Cuando se va a practicar la inhumación después del lapso legal, por tratarse de colocar el cadáver de un personaje en capilla ardiente.

Bibliografía: Medicina Legal, 2008; 6ta. Edición; JOSE FELIX MARTIN CORONA; Ediciones LIBRERIA DESTINO; PP. 145, 146.