15 de septiembre de 2016

15-09-2016 Procesal penal (10)

Frase reflexiva:
El salario que el pecado paga es la muerte

N° de Expediente: C09-281 N° de Sentencia: 548
Tema: Debido proceso y derecho a la defensa
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Interposición del recurso de casación sin asistencia técnica.

...no consta que el recurrente, quien actúa como imputado, sea abogado, toda vez que no se identifica como tal, ni suministra número de Inpreabogado. Si bien ello pareciera ser un impedimento para la admisión del recurso propuesto, esta Sala considera al respecto y en aras de salvaguardar el Derecho a la defensa, que permite también al acusado a intervenir en el proceso, que el mismo puede ser introducido sin asistencia de abogado, cuando ello no perjudique la eficacia de la defensa técnica, dado que el articulo 462 del Código Orgánico Procesal Penal, establece el cumplimiento de unas exigencias propias a una técnica que sólo puede ser abordada por un profesional del Derecho, y además, cuando de su revisión sea posible la admisión por vía de excepción.

N° de Expediente: C08-466 N° de Sentencia: 314
Tema: Debido proceso y derecho a la defensa
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Derecho del imputado a designar un defensor de confianza

...El derecho a la defensa establecido en el artículo 49.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, va mucho mas allá de la simple representación en los actos procesales, y dentro de sus formas de instrumentación se comprende el derecho a designar el defensor de confianza, adquiriéndose fundamentalmente la corresponsabilidad y aceptación en la buena práctica de la estrategia de defensa y en el uso de los argumentos y recursos necesarios para los actos que conforman el proceso.

En el desarrollo del proceso penal, el imputado atribuye al defensor un alto grado de confianza, en el que se enmarca la eficacia para la mejor representación de sus derechos e intereses, delimitándose junto al representado las acciones a seguir para mantener el principio de inocencia e idoneidad en la práctica de este derecho.

Frase reflexiva:
El salario que el pecado paga es la muerte

15-09-2016 Bullying

Frase reflexiva:
El salario que el pecado paga es la muerte

Atención en línea

A través del 0800-BULLING (2855464) los niños, niñas y adolescentes que sean víctimas de violencia escolar, así como padres, representantes, maestros directivos y demás trabajadores de instituciones educativas reciben atención en línea por parte de funcionarios del Ministerio Público, quienes ofrecen la orientación y la contención emocional necesaria en esos casos.

De esta manera, un equipo calificado de operadores telefónicos labora de lunes a viernes de 7:00 am a 7:00 pm para atender las llamadas de forma confidencial y ofrecer las herramientas necesarias que permitan minimizar el estrés y ansiedad que se genera en las víctimas de este tipo de violencia. De igual modo, se coadyuva a potenciar la autoestima de los afectados, lo que les permitirá tomar decisiones acertadas para superar los hechos traumáticos experimentados.


Frase reflexiva:
El salario que el pecado paga es la muerte

15-09-2016 Desarme (6)

Frase reflexiva:
El salario que el pecado paga es la muerte

LEY PARA EL DESARME Y CONTROL DE ARMAS Y MUNICIONES
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 40.190
Caracas, lunes 17 de junio de 2013

TÍTULO III
DE LOS PERMISOS DE PORTE Y TENENCIA DE ARMA DE FUEGO

Capítulo V
Polígonos, canchas y galerías de tiro

Autorización
Artículo 46. El órgano de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana con competencia en materia de control de armas, podrá autorizar a las personas jurídicas de derecho público o privado el establecimiento de polígonos, canchas y galerías de tiro, previo cumplimiento de los requisitos de naturaleza civil, mercantil y de funcionamiento que a tal efecto determinen los reglamentos dictados por las autoridades competentes.

Actividades de los polígonos, canchas  y galerías de tiro
Artículo 47. Los polígonos, canchas y galerías de tiro tendrán como objeto únicamente las actividades relativas a la práctica y entrenamiento de tiro, quedando prohibida la comercialización de armas de fuego.

Frase reflexiva:
El salario que el pecado paga es la muerte

15-09-2016 Obligaciones I (9)

Frase reflexiva:
El salario que el pecado paga es la muerte

Guía de Obligaciones I

Facultad: Derecho
Materia: Obligaciones I
Semestre: Quinto-Pregrado

TEMA 2 FUENTE DE LAS OBLIGACIONES CIVILES (JURÍDICAS)

5.- Gestión del negocio ajeno (Art. 1173 C.C)

Art. 1173 C.C.: Quien sin estar obligado asume conscientemente la gestión de un negocio ajeno, contrae la obligación de continuar la gestión comenzada y de llevarla a término hasta que el dueño se halle en estado de proveer por sí mismo a ella; y debe también someterse a todas las consecuencias del mismo negocio y a todas las obligaciones que resultarían de un mandato.

En la gestión de un negocio ajeno tenemos a un gestor y a un gestionado.

Gestor (acreedor)  >  Gestionado (deudor)

La obligación nace en cabeza del gestionado, ya que se plantea que el gestor asume unilateralmente una serie de acciones las cuales tienen que ser reembolsadas por el gestionado posteriormente. Se realizan las acciones ya sea porque éste último no estaba en condiciones de hacerla para el momento en que fueron realizadas por el gestor u otra circunstancia semejante. Por ejemplo: que una persona compre un apartamento (gestionado) y luego se vaya de viaje, y el gestor le cancele todo lo relacionado al condominio, servicios públicos, etc. Aquí el gestionado una vez que ya esté en condiciones de proveer por sí mismo dichas acciones, tiene que reembolsárselas (las acciones) al gestor.

Frase reflexiva:
El salario que el pecado paga es la muerte

15-05-2016 Desarme (5)

Frase reflexiva:
El salario que el pecado paga es la muerte

LEY PARA EL DESARME Y CONTROL DE ARMAS Y MUNICIONES
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 40.190
Caracas, lunes 17 de junio de 2013

TÍTULO III
DE LOS PERMISOS DE PORTE Y TENENCIA DE ARMA DE FUEGO

Capítulo IV
Armas Orgánicas

Dotación policial
Artículo 42. El órgano con competencia en materia de control de armas y municiones de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana autorizará las solicitudes de adquisición de armas orgánicas, partes, componentes, accesorios y municiones que efectúen los cuerpos de policía, órganos e instituciones, previa certificación del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de seguridad ciudadana. A tal fin, dichos órganos deberán cumplir con los siguientes requisitos:

1. Solicitud de adquisición de armas orgánicas, partes, componentes, accesorios y municiones, donde se justifique el requerimiento efectuado.

2. Instrumento jurídico donde conste la creación del ente u órgano solicitante.

3. Listado del personal adscrito al ente u órgano solicitante.

4. Cualquier otro requisito que se establezca en el reglamento respectivo o por la autoridad competente.

Dotación excepcional
Artículo 43. El órgano de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana con competencia en materia de control de armas, podrá autorizar la dotación de armas orgánicas para los órganos del Estado que justifiquen la necesidad de tener armas de fuego para la protección de sus funcionarios y funcionarias.

Marcaje de armas orgánicas
Artículo 44. Las armas orgánicas asignadas a los funcionarios y funcionarias de los cuerpos de policía, órganos e instituciones que excepcionalmente ejerzan funciones propias del servicio de policía y demás órganos del Estado autorizados para la adquisición de armas, deben estar debidamente marcadas con la nomenclatura designada por el órgano de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana con competencia en materia de control de armas.

Almacenamiento de las armas orgánicas
Artículo 45. El almacenamiento de las armas orgánicas, partes, componentes y accesorios, por parte de los cuerpos de policía, órganos e instituciones que excepcionalmente ejerzan funciones propias del servicio de policía y demás órganos del Estado autorizados para la adquisición de armas, debe hacerse en los parques o depósitos destinados para tal fin y acatando las normas de seguridad establecidas por el órgano de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana con competencia en materia de control de armas.

Frase reflexiva:
El salario que el pecado paga es la muerte