5 de mayo de 2017

5/5/2017 Coerción [5]

La frase del día:
La distancia entre los sueños y la realidad se llama DISCIPLINA

N° de Expediente: A08-167 N° de Sentencia: 665
Tema: Medidas de Coerción Personal
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Medida Privativa. Procedimiento
Martes, 09 de diciembre de 2008

... al acordarse una medida judicial privativa de libertad y, según el caso, se acuerde una orden de aprehensión ( dependiendo si el imputado se encuentra presente o no o, si está a derecho o no), corresponde al órgano jurisdiccional que la dictó, notificar la referida decisión a los diferentes órganos de seguridad del estado, a los fines de iniciar el procedimiento de búsqueda del solicitado y presentación ante el Tribunal y, cuando en cumplimiento de lo ordenado se logra la aprehensión del solicitado, corresponderá a la misma autoridad judicial que generó inicialmente la orden de búsqueda, el suspender los efectos de la misma, informando a todos los organismos de seguridad del estado inicialmente notificados de la orden de aprehensión, que la misma ha sido satisfecha y se ha ejecutado, lográndose sus fines legales. Es por estas razones que en cuanto a la ejecución de la orden de aprehensión, la actuación de los funcionarios de los organismos de seguridad del estado, estará circunscrita a las órdenes emanadas de los órganos jurisdiccionales, por cuanto los mismos son totalmente ajenos a la investigación e incidencias del proceso.

La frase del día:
La distancia entre los sueños y la realidad se llama DISCIPLINA