25 de septiembre de 2017

25/9/2017 Omisión de nombre

La frase del día:
El castigo del embustero es no ser creído aun cuando diga la verdad Aristóteles

N° de Expediente: 13-0318 N° de Sentencia: 1554
Tema: Procedimiento
Materia: Derecho del Niño y del Adolescente
Asunto: La Sala establece que en los casos donde la materia a ventilarse sea sobre la filiación e instituciones familiares en los carteles, edictos y las boletas de notificación que se libren, se exprese el motivo de la causa de manera genérica “filiación” e “institución familiar”, se omita el nombre del niño, niña o adolescente sujeto de protección, y se remita la copia certificada de la demanda en sobre cerrado, debiéndose entregar de forma reservada al demandado o demandada
Martes, 12 de noviembre de 2013

“… resulta de mucha importancia y trascendencia para la Sala determinar el equilibrio del derecho a la defensa, con el de vida privada e intimidad familiar en los asuntos en que se ventilen los derechos de los niños, niñas y adolescentes, a la identidad biológica, (materia de filiación –impugnación, inquisición, adopción), así como también, los protegidos a través de las instituciones familiares, (obligación de manutención, convivencia familiar, responsabilidad de crianza – custodia, y colocación familiar), en resguardo al niño, niña y adolescente, sujeto de protección”.

La frase del día:
El castigo del embustero es no ser creído aun cuando diga la verdad Aristóteles

25/9/2017 Procedimiento [3]

La frase del día:
El castigo del embustero es no ser creído aun cuando diga la verdad Aristóteles

N° de Expediente: 00-2014 N° de Sentencia: 1204
Tema: Procedimiento
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Potestad del Juez Penal para dirimir conflictos en la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia
Viernes, 06 de julio de 2001

La ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia contempla la posibilidad de que el juez penal dirima conflictos de una manera imparcial, autónoma e independiente, mediante un proceso contradictorio, produciendo decisiones bien sea a través de la gestión conciliatoria o a través de la investigación procesal que dará lugar, según sea el caso a la formulación de cargos con su posterior decisión, ambas con cualidad de cosa juzgada, y por ende ejecutables.

N° de Expediente: 01-0055 N° de Sentencia: 0272
Tema: Procedimiento
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Juicio por Intimación de Honorarios. Procedimiento autónomo que debe ser ventilado bajo las normas del Código de Procedimiento Civil
Viernes, 20 de abril de 2001

el juicio por intimación de honorarios, es un procedimiento autónomo y sui generis el cual debe ser ventilado bajo las normas del Código de Procedimiento Civil, aunque su conocimiento y resolución corresponda en virtud de la competencia funcional, a la jurisdicción penal.

La frase del día:
El castigo del embustero es no ser creído aun cuando diga la verdad Aristóteles